EVALÚAN A COMISIONES MIXTAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD DE LOS COMPLEJOS JUDICIALES DE BILWI Y SIUNA

 EVALÚAN A COMISIONES MIXTAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD DE LOS COMPLEJOS JUDICIALES DE BILWI Y SIUNA




Bilwi, Puerto Cabezas.- Miembros de las comisiones mixtas de higiene y seguridad del trabajo de los complejos judiciales de Bilwi y Siuna se reunieron con el licenciado Roberto Saballos, responsable de Higiene y Seguridad del Trabajo del Poder Judicial, a fin de evaluar el trabajo de las mismas y mejorar su funcionamiento.
Entre los objetivos de estas reuniones se destaca la revisión de los planes de trabajo de cada comisión, así como los planes de intervención, de acuerdo a los resultados del proceso de valoración de riesgos en cada complejo.
El encuentro en el complejo judicial de Bilwi contó con la participación del doctor Jimmy Chang Castillo magistrado presidente del Tribunal de Apelaciones de la Circunscripción Caribe Norte, quien recordó a los integrantes de la Comisión de Higiene y Seguridad del Trabajo que se debe de revisar los espacios e identificar las zonas de riesgos y las de alto riesgo.
Al mismo tiempo resaltó que en el complejo judicial de Bilwi aumentó la cantidad de trabajadores y el edificio está ubicado a solo 300 metros del Río Land Creek, una de las zonas vulnerables a las inundaciones de Bilwi.
Por su parte el licenciado Saballos Hurtado explicó que su llegada a Bilwi y Siuna obedece a una visita de acompañamiento orientada por la Corte Suprema de Justicia para evaluar el trabajo realizado a la fecha por las comisiones mixtas de higiene y seguridad con el objetivo de identificar mejoras que sean necesarias, agregó que del encuentro se podrán identificar las áreas de riesgos y las de mayores riesgos que pueda significar peligro para los trabajadores.
El responsable de Higienes y Seguridad del Trabajo de la Corte Suprema capacitó a las comisiones de los complejos de Bilwi y Siuna y en algunos casos se reestructuraron.
La Comisión Mixta se rige conforme a la Ley 618, Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo y es el órgano de participación entre la parte empleadora y trabajadores, en las actividades de protección y prevención de riesgos laborales.
De acuerdo con la citada ley la política de prevención en materia de higiene y seguridad del trabajo, tiene por objeto mejorar las condiciones de trabajo a través de planes estratégicos y programas específicos de promoción, educación y prevención, dirigidos a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores en sus puestos de trabajo.