* Una historia de cinismo y deslealtad contra una mujer que para sostener a su familia, desarrollaba tres jornadas laborales, incluyendo la de enfermera nocturna.
Ella se entregó en cuerpo y alma al hombre con quien convivió durante 34 años. En ese tiempo cargó con las responsabilidades del hogar para que nada le faltara ni a él ni a sus hijos, al punto que hacía dos jornadas de trabajo por el día y una por la noche. En agosto del 2020, él demandó el divorcio de forma unilateral, no sin antes correrla de la casa junto a uno de sus dos hijos.
El proceso judicial se tramitó en el juzgado segundo de distrito de Familia, a cargo de la judicial doctora Marlene de Fátima Zamora Zepeda, quien distribuyó de forma justa los bienes adquiridos; mandó al demandante a vender la casa que la familia habitó por años, y estableció que si en seis meses él no lo hacía, sería la demandada la que asumiría la venta del inmueble, del que se esperaría recibir la suma de 36 mil dólares.
La casa está ubicada en Ciudad Jardín y aunque el demandante juró ante la judicial que le pertenecía solo a él porque una tía se la heredó, nunca mostró el testamento o documento que lo confirmara. Antes bien, la prueba documental aportada fue una escritura de compraventa y el pago de una hipoteca, asumida durante la relación matrimonial por la demandada.
Según los hijos de la pareja, de 33 y 27 años, como en los 34 años de vida conyugal el hombre sólo trabajó ocho, se ofreció para hacer las veces de “amo de casa” mientras su esposa ejercía su profesión de enfermera profesional, fungiendo como docente en una universidad y atendiendo en su lecho de enferma a una alta figura de la política nacional.
Previo a la presentación de la demanda en los Juzgados de Familia, el hombre hizo suscribir a la madre de sus hijos un par de acuerdos, que a la vista de la jueza Zamora Zepeda, colocaron a la mujer en un estado de vulnerabilidad y empeoramiento económico, que la judicial no homologó por constituir una descarada forma de violencia patrimonial.
Marrullada
De acuerdo con la judicial, el acuerdo notarial es ambiguo y basado en hipótesis y promesas, conjeturas e inciertos, pues no estipula el avalúo catastral de la vivienda, cuya área es de 320.62 metros cuadrados, ni la forma en que se comercializará; tampoco establece cómo entregaría el dinero a la señora, ni especifica fecha cierta de la venta pública, “Esta judicial observa una desprotección latente para los derechos individuales de la señora, frente a los del señor”, advirtió la judicial de Familia.
Según testimonio de los hijos del demandante, las cosas empezaron a ir mal desde que a sus 13 años, el hijo mayor lo sorprendió engañando a su madre con otra mujer en la misma cama que compartía con ella. Pasaron los años y en una segunda ocasión, el hombre volvió a sus andanzas, por lo que esta vez, la mujer fue informada de lo ocurrido. En respuesta, el hombre la corrió de la casa junto al hijo menor.
“Te vas a morir como una perra flaca en un hospital…salí del cuarto, sacá todo del baño, no vaya a ser que se me pegue una enfermedad”, ordenó el demandante a la enfermera cuando esta le reclamó su infidelidad, según relató esta a la trabajadora social Claritza Alvarez, quien levantó un informe ordenado por la autoridad judicial.
Por su parte, el demandante confesó a la psicóloga Hilda González que le fue infiel a su esposa en dos ocasiones, porque como hombre él tiene sus propias “necesidades” y (además), la relación con su esposa ya se había enfriado y él no iba a estar “sufriendo”, reiterando que quería rehacer su vida, pues “necesito que alguien me atienda…que me haga la comida”.
Durante el matrimonio la mujer compró un bien inmueble ubicado en Jinotepe, pero lo inscribió a nombre de ambos; asimismo, adquirió derechos a perpetuidad de inhumación de dos lotes de terrenos en el cementerio general de Managua, un vehículo, juegos de muebles, menaje de casa en general y herramientas de jardinería y para la construcción, entre otros, pero todo fue puesto a nombre de su marido.
Por un tiempo, el “modus operandi” del supuesto “amo de casa” era el de persuadir a su pareja para que comprara terrenos, vehículos, muebles, materiales para mejorar el estándar de vida, luego la convencía de que como a ella no le ajustaba el tiempo para andar realizando trámites legales, pagando impuestos, inscribiendo propiedades, él veía más viable poner las adquisiciones a su nombre para encargarse de inscribirlas, a menos que ella “desconfiara”, por lo que la mujer accedía a sus planteamientos.
Al dictar sentencia, la jueza Zamora Zepeda ordenó la disolución del vínculo matrimonial; la venta de la casa de Ciudad Jardín para la entrega de 36 mil dólares como reembolso por la hipoteca y el pago de las inversiones que la enfermera realizó para su remodelación. Más de 25 artículos, entre electrodomésticos y menaje de casa, también volverían al poder de la demandada por orden judicial.
Asimismo, instruyó al Registro de lotes de cementerios que rectifique la titularidad, de manera que quede a nombre de la señora el que tenga capacidad para albergar hasta tres cuerpos. Al demandante sólo le asisten derechos sobre una cama matrimonial, un juego de sofás, dos catres metálicos unipersonales, herramientas de jardinería y construcción y una porta macetero de madera.