SENTENCIA JUDICIAL CONDENA A CAMBISTA POR TACAÑERÍA CONTRA SU HIJO CON DISCAPACIDAD


* Justicia de Familia frustra tercer intento de modificar una sentencia para reducir a su mínima expresión monto de la manutención fijada en 2014.
A un hombre de oficio cambista, le mortifica más pagar la pensión de alimentos a su hijo con discapacidad que pagar el recibo de luz de su casa, ya que en tres ocasiones intentó que el Poder Judicial le rebajara el monto de la obligación alimentaria, que él mismo se comprometió a honrar hace siete años.
El Tribunal de Apelaciones confirmó el fallo que la jueza segundo de distrito de Familia, doctora Marlene de Fátima Zamora Zepeda, dictó en enero de este año, cuando dictaminó que el cambista deberá pagar la pensión alimenticia de su hijo a perpetuidad.
Con su demanda, el hombre pretendía rebajar el monto de la manutención fijada por él en 120 dólares mensuales (o su equivalente en moneda nacional), a solo 775.24 córdobas, alegando que su situación económica ha desmejorado; que tiene dos hijos más con discapacidad, que es enfermo crónico y que con la pandemia quedó desempleado.
Una de las evidencias que la jueza segundo de distrito de Familia, doctora Marlene de Fátima Zamora Zepeda, examinó en la demanda que el hombre presentó contra la madre de su hijo, determinó que en promedio, el consumo de luz de la casa residencial del demandante es de 7,000 córdobas, lo que denota la calidad de vida que lleva y no es congruente con sus argumentos de insolvencia económica.
El hijo del demandante y la demandada presenta epilepsia, parálisis cerebral, hemiplejía izquierda y alteraciones en su esfera psíquica desde su niñez, por lo que requiere atenciones y cuidados especiales de por vida.
Un estudio socio económico realizado por el equipo de trabajo social del Poder Judicial, demostró que el demandante vive en una zona residencial de Masaya y que los electrodomésticos de su casa son de buena calidad, lo que no coincide con su dicho de que percibe pocos ingresos para asumir la pensión de alimentos.
En el año 2017, la jueza primero de distrito de Familia, doctora María José Arauz, rechazó la solicitud del cambista de rebajar los 120 dólares que el juzgado séptimo de distrito de Familia validó, al ratificar el acuerdo que él suscribió con la progenitora de su hijo (hoy de 38 años), quien trabaja como costurera, además de brindarle cuidados especiales desde que nació, las 24 horas del día.
Obligación vitalicia
En la tramitación del proceso, la jueza Arauz determinó que no es cierto que el impulsor de la demanda solo gane 6,000 córdobas al mes como cambista, “ya que esos ingresos dependen de la cantidad de dinero que cada cliente cambie”, y aún si así fuese, no podría haber comprado una camioneta del año en el 2014, cuando también hizo el acuerdo de pago de la pensión.
En mayo de 2021, el demandante recusó a la jueza Zamora Zepeda, pero cuando la Sala Civil y de Familia del Tribunal de Apelaciones examinó sus razones, no encontró méritos para admitir el recurso y ordenó que la judicial siguiera conociendo el caso, hasta emitir sentencia.
Al recibir el caso en apelación, la Sala Dos del tribunal de alzada desestimó el recurso interpuesto y confirmó automáticamente el fallo de primera instancia, ya que la parte apelante no compareció en el término legal para defender su posición. Con ello, acogió como válidas las pruebas de la parte apelada, entre otras la evidencia documental de un recibo de luz y el historial de pago extendido por Disnorte-Dissur, que consigna que el cambista paga facturas mensuales de 7,000 córdobas en su residencia de Masaya, evidenciando así su solvencia económica.
Desde el inicio, la demandada se opuso a la reforma de la pensión, alegando que cuando se hizo el acuerdo en el 2014, el demandante ya sabía de la discapacidad de sus otros dos hijos y aún así aceptó pagar 120 dólares para el que tuvo con ella. Además, agregó que la situación económica del demandante no ha cambiado, pues es dueño de un puesto de carne y otro de ropa usada en Masaya, donde labora como cambista y prestamista, por tanto cuenta con ingresos suficientes para cubrir su obligación alimentaria.
Cuando contestó la demanda, la costurera aseguró que un día su hijo fue a visitar a los abuelos paternos y llegó el padre demandante, lo llevó a un lugar donde nadie lo escuchara y le dijo que ella (la madre) le estaba robando miles de dólares que él le depositaba para que en el futuro tuviera una vida honorable. Ante eso, su hijo se enojó con ella, hasta que lo convenció de que más bien, en 2019, lo demandó en los juzgados de Violencia para que pudiera cumplir con su deber alimentario.