REALIZAN CONVERSATORIO SOBRE LOS SERVICIOS QUE BRINDA DIRAC
La Dirección de Resolución Alterna de Conflictos (DIRAC), realizó un conversatorio sobre los servicios que brinda esta institución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), dirigida a magistrados de Apelaciones y jueces del Complejo Judicial Central Managua.
La mediadora Ramírez Torres, explicó que la DIRAC es una dependencia especializada de la Corte Suprema de Justicia, creada el 13 de abril del año 2000, encargada de brindar el marco institucional y técnico necesario para el funcionamiento de la mediación, conciliación, arbitraje y otros métodos alternos de conflictos, conforme la Ley 278 (Ley sobre Propiedad Reformada Urbana y Agraria).
Por su parte la mediadora López Gómez, abordó el tema del servicio de Mediación Previa Penal para Adolescentes con Enfoque Restaurativo, el cual es una facultad exclusiva de mediadores de la DIRAC, que se implementó a partir del 18 de noviembre del año 2019 como un proyecto piloto en el departamento de Managua y que actualmente se brinda a nivel nacional.
Explicó que “el acuerdo número 637 del Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial (CNACJ), faculta a mediadores de la DIRAC para brindar dicho servicio en los tipos penales y modalidad a que se refiere el artículo 125 del Código de la Niñez y la Adolescencia; y en aquellos tipos penales objeto de mediación previa, según dispone el Código Procesal Penal, excepto en los tipos penales a que se refiere el artículo. 203 del Código de la Niñez y la Adolescencia”.
Durante su ponencia la licenciada López Gómez, dijo que uno de los requisitos para realizar la Mediación Previa Penal para Adolescentes con Enfoque Restaurativo es la edad de la persona adolescente, que debe ser de los 13 años a los 18 años no cumplidos, así como la presencia de su mamá, papá o tutores cuando fuese posible, lo que debe cumplirse, tanto para la persona denunciada como la denunciante, en caso de ser ambas partes adolescentes.
El mediador Ruiz Vanegas, explicó que, durante el procedimiento de una mediación con Adolescentes la persona mediadora informará sobre el procedimiento de la mediación, principios, ventajas, derechos y deberes de las partes mediadas y el valor legal de los resultados de la mediación.
“Cuando en la mediación se logra un Acuerdo, el acta es remitida al Ministerio Público para su aprobación y solicitar a la autoridad judicial su inscripción en el libro que lleven los juzgados Especializados de Adolescentes”, remarcó
El mediador Tórrez Moreno destacó que el Código Procesal Civil de Nicaragua, Ley 902, fue una iniciativa de la Corte Suprema de Justicia que incluyó la nueva modalidad de la mediación civil previa y durante el proceso, aún en fase de ejecución, así como la oralidad de todos los procesos que están en el sistema de justicia.
“El nuevo Código Procesal Civil establece aspectos muy novedosos en cuanto a la celeridad y evitar la retardación de justicia. Es nuestra principal misión como mediadores de la DIRAC contribuir al acceso efectivo de la justicia de manera rápida, confidencial, con calidad y calidez a las personas usuarias en general. La mediación es voluntaria, gratuita, rápida, confidencial. Las partes son las protagonistas para poner fin al conflicto”, dijo el licenciado Tórrez Moreno.
Durante el conversatorio estuvieron presentes los magistrados del Tribunal de Apelaciones de Managua, doctores Ernesto Rodríguez (presidente), Henry Morales, Ángela Dávila Navarrete y Martha Quezada; y la doctora María Amanda Castellón Tiffer, directora general de la DIRAC.
También estuvieron presente los coordinadores de la DIRAC de las materias de Mediación Civil, Mediación Penal y de Capacitación y Formación, licenciadas Iris del Carmen Valverde López y Karla Carolina Martínez Morales, y el doctor Eddy Vásquez Espinoza, respectivamente. El mediador Mario René Vanegas Ruiz, ubicado en el Distrito I del Mercado Oriental; personal de atención al público Ana María Ortiz y Yadira Obando, ambas ubicadas en el Complejo Judicial Central Managua.