PODER JUDICIAL DE VACACIONES EN SEMANA SANTA
.
El Poder Judicial gozará de vacaciones de Semana Santa en el período comprendido del viernes 31 de marzo al finalizar la jornada laboral, al lunes de Pascua 10 de abril, regresando a las labores el martes 11 del mismo mes del año 2023.
El Secretario de la CSJ recibirá los Recursos por Inconstitucionalidad que se llegasen a presentar los días lunes, martes, miércoles Santos y lunes de Pascua de conformidad con la Ley de Justicia Constitucional.
La noticia fue dada a conocer a través de una circular emitida por la Corte Suprema de Justicia y dirigida a todos los juzgados y dependencias del Poder Judicial.
La instructiva de la CSJ informa que los días jueves seis y viernes siete de abril no se deducirán para el cómputo de las vacaciones, de conformidad con el Código Laboral (Ley 185).
“Se les recuerda a los Jueces de Familia lo relativo a la celebración de matrimonios, a los Jueces de Embargos para conocer los secuestros preventivos, aposiciones de sellos y otros aseguramientos preventivos de bienes litigiosos”, expresa el documento.
Agrega que “los Jueces de Distrito de lo Penal de Audiencia, de Adolescentes, Violencia y Juzgados Locales Penales, que deberán celebrar audiencias preliminares de casos, que en dichas fechas se les presenten, atendiendo los turnos organizados y autorizados por el Presidente del Tribunal respectivo, quien deberá informar a esta Secretaría (CSJ), valorando los procesos en los que sea necesario la atención de otros Juzgados”.
La circular establece que los magistrados presidentes de cada Circunscripción Judicial, deberán designar a uno de su colegas y secretario respectivo que deberán estar al llamado para tramitar los Recursos de Exhibición Personal y Amparo.
En el caso de la Oficina de Recepción de Causas y Escritos (ORDICE), de la Corte Suprema de Justicia, se designará un funcionario que estará al llamado para recibir escritos en las materias donde no se suspendan los plazos, en caso que se llegaran a presentar en el período de vacaciones antes mencionado.
Finalmente, el secretario de este Supremo Tribunal, recibirá los Recursos por Inconstitucionalidad que se llegasen a presentar los días lunes, martes, miércoles Santos y lunes de Pascua de conformidad con la Ley de Justicia Constitucional (Ley 983).