RECONOCE A NIÑO COMO SU HERMANO PESE A EXAMEN DE ADN NEGATIVO
* Joven pide a jueza de Familia que declare el vínculo de hermandad, porque su “instinto” le dice que el resultado de la prueba genética realizada en laboratorio privado está equivocado.
El resultado negativo de un examen genético que presuntamente confirmaría la hermandad biológica entre un niño de dos años y una joven de 23, dejó sin palabras a las protagonistas de una demanda de investigación de paternidad.
El proceso por la investigación de paternidad culminó en la primera y única audiencia realizada, gracias a la voluntad de reconocer al niño como hermano, por parte de la demandada.
El padre del menor de edad falleció en 2021, cuando este andaba en ocho meses de gestación, por lo que al nacer, en ese mismo año, fue inscrito ante el Registro Civil de las Personas únicamente con el apellido materno.
No obstante, el año pasado, la viuda presentó la demanda de investigación de paternidad y promovió la realización de la prueba genética para su hijo y la hijastra, a fin de que científica y legalmente el vínculo quedara plenamente establecido.
Con la certeza de que la prueba genética confirmaría la paternidad del ahora fallecido, el 16 de marzo pasado las partes asistieron a la audiencia inicial en la que la jueza noveno de Distrito de Familia, doctora María de los Ángeles Soza, reveló el resultado que dejó en shock a la madre y la presunta hermana.
Tras reponerse de la sorpresa, demandante y demandada optaron por rechazar el resultado del examen realizado en un laboratorio privado y pidieron a la judicial que sin más trámite declarase el vínculo filial de hermandad mediante sentencia judicial.
El abogado Donald Gutiérrez Reyes, aseguró que la joven demandada tenía tanta certeza de que el examen saldría positivo, que hasta llevó a la audiencia fotos que muestran la forma en que se ha relacionado con el niño en sus dos años de vida.
Ante el desconcertante resultado, la idea que se instaló en las cabezas de los abogados y sus representadas fue que el laboratorio alteró, confundió o erró en el procedimiento de realización del examen, ya que todos fueron a la audiencia sabidos de que el niño nació de la relación de la pareja.
“Yo estoy segura que fue con el único hombre que tuve una relación… yo no voy a inventar, estoy segura de que son hermanos y ella (la demandada) lo acepta (como su hermano)…”, expresó la mujer de 33 años, mientras intentaba asimilar el resultado del examen.
Reconocimiento por instinto
Por su parte, la demandada sostuvo: “Ella estaba con mi papá; él me comentó acerca del embarazo cuando ella tenía cinco meses de gestación…desde que el niño nació yo lo visito, él tiene derecho a tener el apellido de su padre, yo estoy clara que si él estuviera vivo pelearía por sus derechos, porque sea reconocido como su hijo y con ello sus derechos”, dijo.
“Es mi hermano… desde que me dijeron que era varón sentí mucho amor, cariño… era mi primer hermano… a raíz de que mi papá fallece se necesitaba una prueba científica, comprobar que somos hermanos; mi instinto me dice que es mi hermano, se parece a mí, es idéntico a mi papá, el color de la piel, el cabello, es igualito a mi papá cuando era chiquito”, agregó la joven de forma convincente.
Aunque en un primer momento la demandante y la demandada consideraron un reclamo al laboratorio privado, así como la repetición del examen de ADN por hermandad para tener una segunda opinión, luego desistieron ya que han invertido demasiado tiempo y en el caso de la mamá del niño, mucho dinero.
El abogado Donald Gutiérrez Reyes, quien tiene 25 años de ejercer el Derecho, diez de ellos en la especialidad de Familia, apuntó que es la primera vez que atiende un caso de características únicas como este. “Estamos sorprendidos… más allá del resultado, la hermana tiene la voluntad de reconocer a su hermano, y la verdad es que agradecemos esa visión que tienen los judiciales de solventar o llenar los vacíos que no están previstos en la ley y dan solución real a situaciones como esta”, apuntó.
El licenciado Alejandro Chávez Obregón, dijo que lo ocurrido en la audiencia es un caso atípico en el sentido de la voluntad expresada por las partes. “Había voluntad de reconocer al niño, esto tiene que hacerse mediante demanda… el Poder Judicial está claro cuándo las personas dicen la verdad”, aseguró.