* También denominado trabajo remoto o desde casa, se ha acrecentado en nuestro país debido a la pandemia del Covid-19.
El magistrado Luis Manuel Osejo Pineda, presidente del Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones, explicó en el programa radial “Una Hora con la Justicia”, los riesgos y oportunidades del teletrabajo, acrecentado en nuestro país debido a la pandemia del Covid-19.
El teletrabajo se ha acrecentado en nuestro país debido a la pandemia del Covid-19
“El teletrabajo se define como el trabajo a distancia, utilizando las telecomunicaciones y por cuenta ajena, el cual se caracteriza por la ausencia de presencia física del trabajador en el centro de labores, uso de la tecnología, trabajo subordinado y bajo el control del empleador”, explicó el presidente del TNLA.
El magistrado Osejo Pineda recordó que si bien este tipo de trabajo no se encuentra regulado de forma específica en nuestro país, existen normas que rigen el trabajo a domicilio, por lo que ante la falta de normas específicas, la labor de los jueces del Trabajo y magistrados del TNLA es asumir la tutela de los derechos laborales.
Las principales ventajas del teletrabajo para los empleadores --explicó el magistrado--, son la reducción de costos, mayor productividad --que se traduce en mayores ingresos-- y crecimiento del negocio.
Agregó, los beneficios para los trabajadores están en el mejoramiento de su calidad de vida, derivada del ahorro en el tiempo de desplazamiento del hogar a la oficina; de la salud, al reducir el estrés derivado de los traslado hacia y desde el trabajo y gastos asociados, mejora en la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Otra de las ventajas para los trabajadores es el ahorro en el tiempo de ejecución del trabajo, pues es el trabajador quien tendrá la responsabilidad de organizar su tiempo para cumplir la labor encomendada.
Sin embargo, las desventajas del teletrabajo están en “la aparición de nuevos riesgos del trabajo en casa y nuevas enfermedades profesionales, dificultad que presenta el abuso de los límites de la jornada, aislamiento o incomunicación, prolongada exposición a la computadora y posible intromisión del empleador en la intimidad del hogar del “tele-trabajador”, entre otros”, afirmó el magistrado Osejo.
El presidente del TNLA destacó la importancia de que en un futuro se establezca una regulación legal de esta forma de organización del trabajo, dado que es una modalidad que continuará desarrollándose en el país, porque sus ventajas son mayores a los riesgos.
El judicial exhortó a los trabajadores que ya laboran desde casa a que estén atentos al cumplimiento de sus derechos, dado que gozan de los mismas garantías que los trabajadores presenciales y en caso contrario, acudan a las autoridades laborales, tanto administrativas como judiciales, quienes brindarán tutela a sus elementales condiciones de trabajo.